Actualización IVA de los alimentos desde enero 2025

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Tal y como os informamos en septiembre de 2024 y de acuerdo con el Real Decreto-Ley 4/2024 del 26 de junio por el que se prorrogaban diversas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, la aplicación temporal de un tipo impositivo reducido en determinados productos finalizaba el 31 de diciembre de 2024 quedando de la siguiente manera desde el 1 de enero de 2025:

El tipo del 2% de IVA pasa al 4% de IVA para los siguientes alimentos básicos:

Al pan común, las harinas panificables, la leche producida por cualquier especie animal, ya fuera natural, certificada, pasteurizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada o en polvo, los quesos , los huevos, las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tuvieran la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo y por último los aceites de oliva.

El tipo del 7,5% de IVA pasa al 10% de IVA para los aceites de semillas y pastas alimentarias.

A los productos alimenticios no incluidos en estos dos grupos se les aplicará un 10% de IVA.

A los productos de limpieza, nonfood, bebidas con azúcar o edulcorantes y bebidas alcohólicas se les aplicará un 21% de IVA.

Estos últimos cambios posicionan al IVA en su nivel habitual.

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